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Modificaciones modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias
03.03.2020
Modificaciones modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias

El pasado sábado, 29 de febrero, se publicó en el BOE la Orden EHA/174/2020, que tiene por objeto la realización de las modificaciones gestoras requeridas como consecuencia de la trasposición de la Directiva (UE) 2018/1910 del Consejo, de 4 de diciembre de 2018, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE, en lo que se refiere a la armonización y la simplificación de determinadas normas del régimen del Impuesto sobre el Valor Añadido en la imposición de los intercambios entre los Estados miembros.


De esta Orden, cabe destacar:


Que la Directiva (UE) 2018/1910 del Consejo, de 4 de diciembre de 2018, ha modificado el régimen a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a las transferencias de bienes efectuadas en el marco de los denominados acuerdos de ventas de bienes en consigna. Esto es, los acuerdos celebrados entre empresarios o profesionales para la venta transfronteriza de mercancías, en las que un empresario (vendedor) envía bienes desde un Estado miembro a otro, dentro de la Unión Europea, para que queden almacenados en el Estado miembro de destino con la finalidad de que otro empresario o profesional (cliente), pueda adquirirlos según sus necesidades en un momento posterior a su llegada.


Para hacer posible la declaración por parte del vendedor de la expedición o transporte de los bienes a otro Estado miembro en el marco de un acuerdo de venta de bienes en consigna en la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, esta orden introduce los cambios necesarios en el modelo 349 mediante la modificación de la Orden EHA/769/2010, de 18 de marzo, por la que se aprueba el modelo 349.


En concreto, se introducen nuevas claves de operaciones:


  • R: Transferencias de bienes efectuadas en el marco de acuerdos de ventas de bienes en consigna.
  • D: Devoluciones de bienes desde otro Estado miembro al que previamente fueron enviados desde el TAI en el marco de acuerdos de ventas de bienes en consigna.
  • C: Sustituciones del empresario o profesional destinatario de los bienes expedidos o transportados a otro Estado miembro en el marco de acuerdos de ventas de bienes en consigna.


Por último, en el apartado cinco del artículo único de esta orden suprime, para las declaraciones correspondientes al ejercicio 2020 y siguientes, el plazo de presentación de carácter anual.


Boletín Oficial del Estado en nueva ventana  Orden HAC/174/2020, de 4 de febrero,por la que se modifica la Orden EHA/769/2010, de 18 de marzo, por la que se aprueba el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, así como los diseños físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación, se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática, y se modifica la Orden HAC/3625/2003, de 23 de diciembre. (BOE, 29-febrero-2020) 
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