Esta semana se publicaba en el Portal de Aduanas e IIEE de la Agencia Tributaria las nuevas especificaciones relacionadas con el servicio web de comunicación de información de contenedores en terminales portuarias, todo ello a fin de adecuar los intercambios de información al artículo segundo, apartado cinco de la Orden HAP/2485/2014, de 29 de diciembre.
Para ver la citada Orden, pulse aquí.
La entrada en vigor, prevista para 1 de junio de 2015, implica que los titulares de las terminales marítimas deban comunicar, vía telemática y de forma inmediata, a la Aduana la entrada de los contenedores en dichas terminales, así como el medio de transporte y transportista que lo acarrea, debiendo realizarse idénticas comunicaciones sobre los contenedores a las salidas de las terminales ya sea por vía terrestre o marítima.
En definitiva, las comunicaciones por tales titulares a la Aduana se llevarán a cabo en el momento en que el contenedor, entre o salga, según corresponda, a la terminal, previa al despacho de la exportación en el supuesto de la entrada a la terminal.
Para disponer de mayor información sobre las comunicaciones pertinentes, pulse aquí, y podrá consultar lo relativo a las mismas publicado por la Aduana.