El día 1 de octubre de 2013 entraba en vigor la modificación del Anexo I del Reglamento (CE) nº 669/2009 relacionado con la intensificación de los controles oficiales de las importaciones de determinados piensos y alimentos de origen no animal, como pueden ser las avellanas, tés, o berenjenas, entre otros.
La lista del citado texto modificado está sujeta a revisiones periódicas, consecuencia de las cuales se publicaba el 26 de septiembre de 2013 el Reglamento de Ejecución (UE) nº 925/2013 de la Comisión que recoge este nuevo Anexo I.
Si quiere conocer el texto publicado en el DOUE, pulse aquí.
Este nuevo Reglamento, que pasa a ser obligatorio en todos los Estados miembros de la UE, por ejemplo suprime las entradas que había en la lista relativas a la sandía de Brasil y a los tomates de Turquía.
Asimismo, en la misma fecha se publicaba en el BOE la Orden PRE/1717/2013 por la que se regula la autoliquidación de la tasa por controles oficiales de las importaciones de determinados piensos y alimentos de origen no animal.
En caso de querer consultar la citada Orden, pulse aquí.
Esta tasa resulta aplicable a todos los productos enumerados en el Anexo I que comentábamos se ha modificado, y la misma asciende a la cuantía fija de 103.02 euros por cada partida importada para el ejercicio 2013.